Jue. Nov 21st, 2024

Tras la resolución de la Corte estatal del Condado de Miami, en Florida, la Procuraduría General del Estado, señaló mediante un comunicado, que apelará a la sentencia emitida por el juez John W. Thornton, que dejó sin efecto la confiscación de los bienes que tiene la familia Isaías Dassum en los Estados Unidos.

Isaias

A continuación detallamos el comunicado.

El pasado 30 de mayo, el juez John W. Thornton de la Corte del Undécimo Circuito Judicial del Condado de Miami-Dade (Florida) resolvió uno de los puntos de derecho controvertidos dentro del proceso iniciado por la ex Agencia de Garantía de Depósitos (AGD) en contra de los hermanos Roberto y William Isaías Dassum, el 29 de abril de 2009.

La decisión del juez Thornton está relacionada con la aplicación de la doctrina de los “Actos de Estado” con la que la ex AGD y el Estado ecuatoriano –que sucedió en la demanda a la AGD a partir de abril de 2010– intentan recuperar el saldo de las cantidades adeudadas por los hermanos Isaías como consecuencia de su administración de Filanbanco.

El juez consideró que la pretensión de Ecuador es la de incautar los bienes de los hermanos Isaías en Estados Unidos y, por tanto, rechazó la doctrina de los Actos de Estado argumentada por nuestro país.

Para la defensa del Estado ecuatoriano, la conclusión a la que ha llegado el juez Thornton es incorrecta al malinterpretar el alcance de los Actos de Estado con los cuales se estableció en Ecuador la responsabilidad de los hermanos Isaías por las pérdidas de Filanbanco, y también porque con la demanda no se intenta incautar propiedades de los demandados en Miami –como establece la decisión de la Corte de Miami-Dade– sino cobrar los valores pendientes de pago en nuestro país, con base en una responsabilidad establecida por el Estado ecuatoriano.

En consecuencia, la Procuraduría General del Estado estudiará la posibilidad de apelar esta decisión ante la Corte de Apelaciones del Tercer Distrito del Condado de Miami-Dade, Florida, en el plazo que contempla la Ley, es decir en los siguientes 30 días a partir de que el Estado sea oficialmente notificado.

Vale resaltar que la emisión de esta decisión se aplica exclusivamente para el juicio llevado a cabo en la Corte de Miami-Dade, y no tiene relación con otras acciones que, contra los hermanos Isaías, haya emprendido el Estado.

Confrimado.net/Procuraduría General del Estado