Varios colectivos denunciaron hoy ante la CIDH que los altos tribunales de Ecuador, Chile, Perú y Honduras han restringido el acceso a las píldoras anticonceptivas de emergencia (PAE), que tampoco se distribuyen en Costa Rica, donde la Corte Suprema no se ha pronunciado.
Durante una audiencia de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), los miembros de ese organismo admitieron su «preocupación» por la situación que viven las mujeres en estos países, los únicos de América donde existen límites a las PAE actualmente.
En respuesta a las peticiones de once asociaciones en defensa de los derechos reproductivos, tanto procedentes de estos países como de carácter internacional, la CIDH se comprometió a vigilar el acceso a los anticonceptivos de emergencia en América.
«Es importante que los Estados respondan a estos temas y que introduzcan un marco legal adecuado, porque sin él no se pueden hacer efectivos estos derechos», afirmó la comisionada y relatora de Derechos de la Mujer de la CIDH, Tracy Robinson.
La Corte Constitucional de Ecuador declaró inconstitucional en 2006 el uso y la comercialización de una de las dos marcas de PAE disponibles entonces en el país, al igual que hizo el Tribunal Constitucional de Perú en 2009, según expusieron las peticionarias.
En Chile, añadieron, el Tribunal Constitucional prohibió la distribución de la PAE a través del sistema público de salud en 2008, mientras que en Honduras, la Corte Suprema ha autorizado la penalización de la compra, venta y uso de esos anticonceptivos (la ley actual lo impide, pero no lo castiga).
En estos casos, según señaló la portavoz del Centro de Derechos Reproductivos Alejandra Cárdenas, los magistrados negaron la constitucionalidad de la PAE «por considerarla abortiva, pese a reconocer que técnicamente no lo era».
Los anticonceptivos de emergencia evitan el embarazo al impedir que un óvulo fertilizado se incruste en el útero. Están diseñados para su uso dentro de las 72 horas después del acto sexual, pero son más eficaces si se toman dentro de las primeras 24 horas.
«Los tribunales recibieron evidencia científica desactualizada, aunque también otros estudios más recientes, respaldados por la OMS (Organización Mundial de la Salud). Sin embargo, ante la contradicción, vieron una duda razonable y reconocieron el derecho a la vida del cigoto, que es un sujeto incierto, en contra de los de la mujer», aseguró Cárdenas.
Las peticionarias destacaron también los casos de «buenas prácticas» que se han dado en Ecuador y en Chile, en cuanto a la legislación sobre los anticonceptivos, pero criticaron los «obstáculos» que se ha encontrado a la hora de aplicarla.
Además, valoraron que en Estados Unidos se ha permitido que las PAE se vendan en las farmacias sin necesidad de receta. EFE