El artículo 27 refiere a la entrega notarizada de documentación para constar en el registro minero y la transitoria establecía que el Ministerio de Recursos Renovables tenía 180 días para regularizar a los mineros artesanales censados en 2010.
El presidente de la Comisión de Régimen económico Oswaldo Larriva señaló que las modificaciones contribuyen al mejoramiento de la actividad que incluye dejar de lado el uso del mercurio que afectado especialmente a los ríos.
El presidente de la República (e), Jorge Glas, autorizó al Ministerio de Recursos Naturales no Renovables retome el censo minero para incluir a quienes quedaron fuera del registro.