Vie. Nov 22nd, 2024

Los peatones también están normados en la Ley de Tránsito. Según datos, ciudadanos regularmente infrigen la señalización vial.

No es inusual ver a los peatones cometer imprudencias al momento de cruzar las vías. Y es el caso de un peatón en la avenida Napo. A la altura del colegio Montúfar se evidencia como prefieren ‘torear‘ a los vehículos que circulan por la calle que optar por el puente peatonal.
Sin embargo, en el reglamento de la Ley de Tránsito, que fue emitido el mes pasado, se estipula varios tipos de sanciones para los transeúntes que provoquen accidentes de tránsito por sus ‘descuidos‘. Por ejemplo, a las contravenciones  leves de primera clase se sanciona con una multa de $14,60, que equivale al 5% del Salario Básico Unificado y la reducción de 1,5 puntos en la licencia de conducir.
Pero en el artículo 269 se estipula que “cuando el peatón sea el causante de un accidente de tránsito que deje muertos o heridos será aprehendido y puesto a órdenes del juez de tránsito”. La pena puede ser de entre 2 y 5 años, según la gravedad del caso.
Varias personas alegan que con este artículos se hace justicia con los choferes.
Según datos del Servicio de Investigación Accidentes de Tránsito, en el 2011, la Policía multó a 255 peatones, 77 de ellos en Pichincha. En este año, ya suman 78 lo sancionados en la provincia.
Y entre las infracciones más comunes están no utilizar el paso cebra, no usar los puentes peatonales y cruzar la vía inesperadamente.