Jue. Sep 19th, 2024

El presidente Rafael Correa firmó este lunes el decreto 214 sobre el Reglamento General de la Ley de Comunicación. Esta promulgación norma la aplicación  de los derechos y obligaciones, que establece la normativa, que entró en vigencia el pasado 25 de junio del 2013.

Rafael Correa firmó el decreto sobre el Reglamento de Comunicación
Rafael Correa firmó el decreto sobre el Reglamento de Comunicación

La Ley estipula que están exentos de control los contenidos que se emitan en redes sociales, blogs y páginas web personales. Establece que las rectificaciones y el derecho a la répilica pueden efectuarse en forma personal, mediante una grabación de audio y video y mediante una carta.

REGLAMENTO GENERAL DE LA LEY DE COMUNICACIÓN

Por otro lado, también define la designación de los integrantes del Consejo Consultivo de la Comunicación, dentro del sistema de comunicación. Estos nuevos cinco integrantes estarán en funciones por dos años.

El Consejo Consultivo deberá asesorar en los procesos de formulación de políticas públicas en materias de comunicación e información. No pueden ser funcionarios públicos y tampoco recibirán una remuneración por su cargo.

El artículo 30 de la Ley establece que los defensores de audiencia y lectores deberán ser pagados por cada medio de comunicación. Serían seleccionados mediante un concurso público y estarán en funciones por dos años. Ellos deberán, según establece la normativa, atender los reclamos de los ciudadanos y procesarlos diligentemente.

La norma precisa los lineamientos para el Registro de los Medios, la definición de publicidad y propaganda.

Define que la publicidad engañosa podrá ser suspendida temporalmente, hasta que se realice el debido proceso, que establezca  la suspensión definitiva  o la continuidad de su difusión.

Tomado de: El Telégrafo

Por kochoa