Los asambleístas integrarán tales comisiones por un período de dos años y podrán ser reelegidos.
Todas los asambleístas pertenecerán a una comisión especializada permanente, a excepción de la Presidenta de la Legislatura.
Sin embargo, los asambleístas podrán participar con voz pero sin voto en todas las comisiones, previa comunicación a la Presidenta/e de la comisión especializada.
A los dos días siguientes a su integración, las comisiones se instalarán bajo la coordinación provisional y procederán a la elección, de una Presidenta/e y una Vicepresidenta/e.